Registration, Evaluation, Authorization, and Restriction of Chemicals o REACH (CE 1907/2006) es una normativa de seguridad implementada por la Unión Europea (UE) para prevenir el uso de determinadas sustancias químicas tóxicas en productos fabricados, vendidos e importados dentro de la UE.
:quality(85))
El objetivo de esta normativa es mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente mediante una detección más temprana y precisa de sustancias químicas peligrosas.
Algunas sustancias están restringidas para su fabricación, comercialización o uso en toda la UE según el Anexo XVII de REACH, también conocido como la lista de sustancias restringidas. Independientemente de si están autorizadas o no, estas sustancias se consideran que presentan un riesgo significativo para la salud humana y el medio ambiente.
La Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) identifica en primer lugar sustancias potencialmente peligrosas denominadas “Sustancias extremadamente preocupantes” (SVHC, por sus siglas en inglés) a solicitud de los Estados miembros o la Comisión Europea. Las sustancias confirmadas como peligrosas, o SVHC, se añaden a la Lista de Candidatas.
Una restricción puede aplicarse a cualquier sustancia por sí sola, en una mezcla o en un artículo, incluidas aquellas que no requieren registro, por ejemplo, sustancias fabricadas o importadas en cantidades inferiores a una tonelada al año o ciertos polímeros.
Intermedios aislados en sitio, sustancias utilizadas en investigación y desarrollo científico, y sustancias que únicamente presentan riesgos para la salud humana debido a su uso en cosméticos, están exentas de las restricciones de REACH.
El Anexo XVII de REACH recopila todas las restricciones adoptadas en el marco de REACH y la legislación anterior, la Directiva 76/769/CEE. Actualmente, incluye 71 entradas, algunas de las cuales son:
- Azocolorantes y azodiestilos (entrada 43)
- Hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAHs; entrada 50)
- Ácido perfluorooctano sulfónico y sus derivados (PFOS; entrada 53, eliminado en 2010 y ahora sujeto al reglamento de contaminantes orgánicos persistentes de la UE)
- Ftalatos (entradas 51 y 52)
- Cadmio y sus compuestos (entrada 23)
- Níquel y sus compuestos (entrada 27)
- Plomo y sus compuestos (entrada 63)
- Mercurio y sus compuestos (entrada 18)
- Compuestos de cromo VI (entrada 47)
- Compuestos de arsénico (entrada 19)
- Sustancias CMR 1A/1B incluidas en el Anexo VI del reglamento CLP (28, 29, 30)
- Nonilfenol y etoxilatos de nonilfenol (entrada 46)
- Compuestos organoestánnicos (entrada 20)
- Disolventes peligrosos (benceno, ciclohexano, triclorobenceno, cloroformo, etc.)
- Bisfenol A (entrada 66, incluido en diciembre de 2016)
- decaBDE (entrada 67, incluido en febrero de 2017)
- PFOA, sus sales y sustancias relacionadas con PFOA (entrada 68, incluido en junio de 2017)
- D4 y D5 (entrada 70, incluido en enero de 2018)
- Metanol (entrada 69, incluido en abril de 2018)
- 1-metil-2-pirrolidona (NMP; entrada 71, incluido en abril de 2018)
- Sustancia CMR en textil y calzado (entrada 72, incluido en octubre de 2018)
- [etano-1,2-diylbisoxi]bis[2,4,6-tribromobenceno]
- tetrabromo-4,4'-isopropilidenodifenol
- sulfonildifenol
- Diboro tetraóxido de bario
- tetrabromoftalato, incluyendo cualquier isómero individual y/o combinación de ellos
- Isobutil 4-hidroxibenzoato
- Melamina
- Ácido perfluoroheptanoico y sus sales
- masa de reacción de 2,2,3,3,5,5,6,6-octafluoro-4-(1,1,1,2,3,3,3-heptafluoropropan-2-il)morfolina
Las sustancias exentas de las regulaciones REACH incluyen:
- Sustancias radiactivas.
- Sustancias en almacenamiento temporal bajo vigilancia aduanera.
- Transporte de sustancias peligrosas.
- Sustancias utilizadas en interés de la defensa.
- Intermedios no aislados.
- Residuos, pero no productos recuperados de residuos.
La versión consolidada más reciente de las sustancias restringidas por REACH puede encontrarse AQUÍ.